Verificabilidad y responsabilidad jurídica en IA educativaLectura completa · solo lectura en la edición pública
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               Vol 3 - 2026




  Verificabilidad y responsabilidad jurídica en IA
                      educativa
                                                   Por Giovany Guarín Ramírez

          La expansión de la inteligencia artificial en entornos educativos plantea una pregunta que los
       marcos normativos latinoamericanos aún no han respondido con claridad: ¿qué ocurre cuando
       un sistema de IA toma una decisión que afecta los derechos de un estudiante con discapacidad y
       esa decisión no puede ser auditada? Este artículo examina los desafíos de verificabilidad,
       trazabilidad y acreditabilidad en plataformas de IA aplicados a la educación inclusiva, con
       referencia al marco jurisprudencial colombiano de 2025 y al caso del ecosistema MENS·SCCA
       como arquitectura diseñada para operar en contextos de alta responsabilidad legal.




Un sistema que decide sobre un niño                                    La promesa es poderosa. No obstante, la pregunta que
En    Colombia,           217.511   estudiantes    con   alguna        el sector aún no ha respondido con rigor es más
discapacidad están matriculados en instituciones                       incómoda: ¿qué ocurre cuando el sistema se equivoca,
educativas. Cada uno de ellos tiene derecho, por                       y nadie puede explicar por qué?
mandato legal del Decreto 1421 de 2017, a un Plan
Individual de Ajustes Razonables —el PIAR—: un                         La opacidad como riesgo jurídico
documento jurídicamente vinculante que determina                       Los sistemas de inteligencia artificial aplicados a la
las    adaptaciones            pedagógicas,       los    apoyos        educación operan, en su mayoría, como cajas negras:
institucionales y el seguimiento de su proceso                         producen resultados a partir de modelos estadísticos
educativo.                                                             cuyo razonamiento interno no es directamente legible
                                                                       por un docente, un rector ni un juez.
El PIAR no es un trámite administrativo. Es un
instrumento legal que puede ser objeto de tutela,                      En contextos de bajo riesgo, esto es aceptable. En
revisión judicial y sanción institucional si no se                     contextos donde la decisión de la herramienta tiene
formula correctamente. La Sentencia T-049 de 2025                      consecuencias      jurídicas       sobre     los    derechos
de la Corte Constitucional lo dejó en evidencia al                     fundamentales de un menor con discapacidad, la
ordenar medidas concretas contra una secretaría de                     opacidad deja de ser una característica técnica y se
educación por incumplimiento sistemático en la                         convierte en un riesgo legal.
formulación e implementación de PIAR, identificando
como barrera crítica la ausencia de herramientas                       La jurisprudencia colombiana de 2025 introduce una
pedagógicas adecuadas para los docentes.                               exigencia     implícita     pero      determinante:      los
                                                                       instrumentos utilizados para formular el PIAR deben
Ante este escenario, las plataformas de inteligencia                   ser verificables, sus resultados deben ser trazables, y la
artificial están comenzando a ocupar un lugar                          institución     educativa      que     los    usa     asume
protagónico:        generan         automáticamente      ajustes       responsabilidad sobre sus consecuencias.
razonables,    perfiles        cognitivos,    recomendaciones
pedagógicas y evidencias de seguimiento.




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La Sentencia T-040 de 2025, que ordenó al Ministerio                    proceso: quién ingresó los datos, cuándo, qué versión
de Educación reglamentar el PIAR para estudiantes                       de la arquitectura los procesó, qué resultado produjo y
con TDAH, ampliando el universo de obligados más                        si fue modificado posteriormente.
allá de las discapacidades tradicionales— profundiza
esta exigencia: los vacíos normativos no eximen a las                   En contextos donde los datos pertenecen a menores
instituciones de implementar ajustes razonables con                     con discapacidad, protegidos por la Ley 1581 de 2012 y
herramientas validadas.                                                 sus normas reglamentarias, la trazabilidad no es
                                                                        opcional: es una exigencia de habeas data y de
Surge entonces una tensión que buena parte de la                        responsabilidad institucional. Una cadena de custodia
industria EdTech latinoamericana no ha abordado con                     digital es tan importante como una cadena de custodia
suficiente profundidad: las plataformas de IA más                       en un expediente físico.
adoptadas son también los más opacas. Un SaaS en la
nube que genera un perfil cognitivo a partir de                         Acreditabilidad
respuestas de un formulario puede ser eficiente,                        Un sistema es acreditable cuando sus metodologías
escalable y visualmente atractivo. Pero si su lógica                    han sido validadas por actores externos con autoridad
interna no puede ser auditada por la institución, y si                  reconocida:       instituciones        académicas,   entidades
sus resultados no quedan registrados de forma                           gubernamentales           o     comunidades      profesionales
inmutable   con             trazabilidad   de   versión,   ¿quién       especializadas.
responde ante una tutela?
                                                                        En el caso de los motores cognitivos que generan
Tres dimensiones del problema                                           perfiles     de    estudiantes         con   discapacidad,      la
Para comprender el desafío en su totalidad, conviene                    acreditabilidad      es       particularmente    sensible:     un
distinguir tres dimensiones que frecuentemente se                       baremo construido sin validación clínica o pedagógica
confunden en el debate sobre IA educativa:                              externa puede generar perfiles sesgados, incompletos o
                                                                        directamente perjudiciales para el estudiante. La
Verificabilidad                                                         eficiencia    tecnológica         no    reemplaza    el      rigor
Un sistema es verificable cuando sus resultados                         metodológico.
pueden ser contrastados con criterios externos y su
lógica de producción puede ser inspeccionada. En el                     Diversas corrientes contemporáneas relacionadas con
contexto del PIAR, esto significa que los ajustes                       la inteligencia artificial explicable (Explainable AI), la
razonables generados por la herramienta deben poder                     gobernanza algorítmica y la auditoría de sistemas
explicarse en términos pedagógicos y normativos                         automatizados han señalado desafíos similares en
reconocibles, no solo como salidas de un modelo                         sectores sensibles como la salud, la educación y la
estadístico. La verificabilidad es la condición mínima                  administración pública. Aunque los enfoques técnicos
para que un docente pueda firmar un PIAR con                            difieren, existe un consenso creciente sobre la
respaldo, no solo con confianza ciega en la máquina.                    necesidad de que los sistemas capaces de influir en
Trazabilidad                                                            decisiones con impacto sobre derechos fundamentales
Un sistema es trazable cuando cada decisión queda                       incorporen mecanismos de transparencia, trazabilidad
registrada de forma que permita reconstruir el                          y rendición de cuentas.




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El caso de una arquitectura diseñada para                        implicación de soberanía de datos: la información
responder                                                        sensible    de      menores        no    sale    del    perímetro
En este contexto emerge una pregunta de diseño que               institucional.
va más allá de la funcionalidad: ¿es posible construir
un sistema de IA educativa que sea, desde su                     Motor normativo soberano. El sistema no delega el
arquitectura, verificable, trazable y acreditable? Y si es       razonamiento jurídico-pedagógico a un modelo de
posible, ¿qué decisiones técnicas implica?                       lenguaje externo de tipo caja negra. Utiliza un motor
                                                                 TF-IDF propio con corpus normativo explícito,
El ecosistema MENS·SCCA —Motor Especializado de                  Decreto 1421/2017, Sentencias T-040 y T-049/2025,
Núcleo Sistémico / Sistema de Cortezas Cognitivas                Ley     1618/2013,          cuyas       reglas    pueden       ser
Acreditables— desarrollado en Colombia con registro              inspeccionadas, auditadas y actualizadas de forma
DNDA 1-2026-55183, ofrece un caso de referencia para             independiente por la institución o por un auditor
esta discusión. No por su trayectoria de adopción — se           externo.
trata de una plataforma muy reciente, sin adopción
documentada pública a la fecha— sino por las                     Estas      decisiones         no    resuelven          todos   los
decisiones   arquitectónicas    que   tomó     frente   al       problemas
problema de la responsabilidad legal.                            El    motor       cognitivo    propio      del    sistema,     con
                                                                 metodologías como el perfil Omega y los genes FEVC,
Tres decisiones merecen atención analítica                       componentes analíticos propios del modelo cognitivo
Evidencias jurídicas inmutables. El sistema utiliza              desarrollado por el sistema, requiere validación
HMAC-SHA256 en modo append-only para registrar                   externa     por     parte     de    instituciones      académicas
cada intervención sobre el expediente del estudiante.            especializadas en educación especial o psicología
                                                                 educativa antes de que sus resultados puedan
Esto significa que cualquier modificación queda                  considerarse acreditables en el sentido estricto.              La
registrada como un evento nuevo, no como una                     validación externa constituye hoy la principal brecha
sobreescritura. El resultado es un log verificable que           que la herramienta debe superar para que su
puede ser presentado en un proceso de tutela como                propuesta diferencial pueda traducirse también en una
prueba de la secuencia de decisiones institucionales.            garantía jurídica.


Operación offline-first con federación. A diferencia de          Implicaciones para el sector EdTech
los SaaS en nube, el sistema opera localmente en la              El caso no es único en su problemática, aunque sí lo
institución educativa, con capacidad de sincronización           sea en su enfoque arquitectónico. Toda la industria
federada entre instituciones mediante USB o red local.           EdTech que opera en contextos de educación inclusiva
                                                                 enfrenta, en mayor o menor medida, el mismo desafío:
Esta decisión responde a un problema real del                    el mercado recompensa la velocidad de adopción, la
contexto colombiano: las instituciones rurales y las             interfaz amigable y la capacidad de generar reportes en
zonas sin conectividad estable concentran una parte              segundos. La verificabilidad, la trazabilidad y la
significativa de la población con discapacidad que más           acreditabilidad son costosas, lentas y técnicamente
necesita estos servicios. Pero también tiene una                 complejas. No aparecen en los demos comerciales.




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No obstante, el marco jurisprudencial colombiano de                     tecnológica funciona bien. La pregunta es si el sistema
2025 está cambiando los incentivos. Cuando una                          puede demostrar que funcionó bien, ante quién y bajo
secretaría de educación es sancionada por tutela                        qué condiciones.
debido a PIAR mal formulados, y cuando el Ministerio
de Educación recibe una orden judicial de reglamentar                   La verificabilidad no es un atributo técnico secundario.
nuevas categorías de discapacidad, el costo de la                       Es la condición de posibilidad para que la tecnología
opacidad se vuelve visible. El riesgo legal comienza a                  educativa opere con legitimidad en contextos de
superar el costo de construir sistemas auditables.                      derechos fundamentales. Y en América Latina, donde
                                                                        la brecha entre la obligación legal y la capacidad
Esta dinámica tiene implicaciones para tres tipos de                    institucional es estructural, las plataformas que no
actores:                                                                puedan responder esta pregunta enfrentan un riesgo
• Las instituciones educativas adoptantes necesitan                     que no desaparecerá con mejores interfaces ni con
  exigir   a        sus           proveedores     de   tecnología       modelos más potentes.
  documentación sobre la trazabilidad de los datos, la
  auditabilidad de los algoritmos y la acreditación de                  La inteligencia artificial en educación no es solo una
  las metodologías. La firma de un contrato con un                      cuestión     de     eficiencia,     es    una     cuestión      de
  proveedor EdTech no transfiere la responsabilidad                     responsabilidad y la responsabilidad, en última
  jurídica sobre el PIAR: la institución sigue siendo el                instancia, siempre tiene un nombre, una firma y un
  administrador de datos y el responsable ante la ley.                  expediente. El desafío no es tecnológico. Es de diseño
• Los desarrolladores de software educativo necesitan                   con conciencia jurídica. Y ese es, quizás, el debate más
  incorporar el diseño para la auditabilidad desde la                   urgente que la academia, la industria y el Estado deben
  arquitectura, no como una capa añadida al final. Las                  sostener antes de que la adopción masiva convierta la
  decisiones sobre persistencia de datos, registro de                   opacidad en norma.
  eventos y legibilidad de la lógica de negocio tienen
  consecuencias jurídicas que no pueden resolverse
  con términos y condiciones.
• Las instituciones académicas y de investigación                       Giovany Guarín Ramírez es ingeniero de sistemas, autor del
                                                                        ecosistema MENS·SCCA, con registro de obra intelectual DNDA 1-
  tienen un papel central en la validación de                           2026-55183. Su trabajo se enfoca como arquitectura de software
                                                                        soberano para contextos educativos, normativos y jurídicos
  metodologías                cognitivas   y    pedagógicas.   La       sensibles, con especial énfasis en la intersección entre tecnología,
                                                                        normativa de educación inclusiva y protección de datos.
  acreditabilidad no puede ser autorreferencial: una
  herramienta que valida sus propias metodologías no
  ofrece garantía jurídica a nadie.                                     Declaración de interés

                                                                        El autor es titular y desarrollador único del sistema MENS·SCCA
                                                                        descrito como caso de referencia en este artículo (DNDA 1-2026-
La pregunta que el mercado aún no se hace                               55183). El análisis se ofrece como reflexión desde el diseño y no
                                                                        como evaluación independiente.
Cuando un sistema de inteligencia artificial genera el
perfil cognitivo de un niño con discapacidad y ese
perfil determina los apoyos que recibirá durante su
trayectoria escolar, la pregunta no es solo si la solución




                                                                    4
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                               REFERENCIAS

[1] Ministerio de Educación Nacional. (2026, febrero).
    Comunicado de prensa: matrícula de estudiantes con
    discapacidad. mineducacion.gov.co
[2] Corte Constitucional de Colombia. (2025). Sentencia T-
    040/2025.      M.P.    Jorge     Enrique    Ibáñez     Najar.
    corteconstitucional.gov.co
[3] Corte Constitucional de Colombia. (2025). Sentencia T-
    049/2025. corteconstitucional.gov.co
[4] Laboratorio de Economía de la Educación, Universidad
    Javeriana. (2026, marzo). Informe #136: Cuando la
    discapacidad     se    encuentra     con     la   educación.
    lee.javeriana.edu.co
[5] Función Pública. (2017). Decreto 1421 de 2017.
    funcionpublica.gov.co
[6] Congreso de Colombia. (2012). Ley 1581 de 2012 —
    Protección de Datos Personales.
[7] Congreso de Colombia. (2013). Ley 1618 de 2013 —
    Ejercicio pleno de derechos de personas con discapacidad.
[8] Guarín Ramírez, G. (2026). MENS·SCCA — Motor
    Especializado de Núcleo Sistémico [Código fuente]. Registro
    DNDA 1-2026-55183.
[9] European Commission. (2019). Ethics Guidelines for
    Trustworthy AI. High-Level Expert Group on Artificial
    Intelligence. Publications Office of the European Union.




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